Alumno, maestro y compañero en las artes marciales japonesas.
Por:
Dr. Manuel Coronado, PhD.
Abogado-CpA-Investigador
Docente de grado y Post grado
Reflexión:
En el contexto del budō japonés, la condición de alumno no surge simplemente de entrenar o compartir con una persona de mayor edad o graduación. La relación maestra-alumno presupone una relación reconocible de enseñanza y aprendizaje, en la cual una persona asume la función de enseñar, orientar y transmitir conocimientos, mientras la otra se coloca en posición de recibir sistemáticamente esa enseñanza. Lowry (2006) distingue precisamente las figuras del sensei-maestro-y del deshi -discípulo o alumno- como posiciones relacionadas, pero diferenciadas, dentro del dōjō y de la tradición marcial. Google Books.
A partir de la anterior premisa puede formularse la siguiente pregunta:
¿CUÁNDO PUEDE CONSIDERARSE A UN PRACTICANTE ALUMNO DE OTRO EN LAS ARTES MARCIALES?
En las artes marciales tradicionales japonesas, particularmente dentro del karate-dō, kobudō, jūdō, kendō y otras expresiones del budō, existe un profundo respeto por la antigüedad, la experiencia, el grado y la figura del maestro. Sin embargo, ese respeto no significa que todo practicante de mayor edad, mayor antigüedad o mayor graduación se convierta automáticamente en maestro de aquellos con quienes comparte.
Este punto resulta fundamental cuando se pretende reconstruir correctamente la historia de una organización, un dōjō o una relación entre dos practicantes; Veamos algunos detalles:
a) La relación entre sensei y deshi
Lowry (2006) estudia separadamente las figuras del sensei y del deshi. En las artes tradicionales japonesas, deshi identifica al discípulo que aprende dentro de una relación que trasciende la simple coincidencia física entre dos practicantes. Existe una transmisión de conocimientos y una relación de aprendizaje reconocible.
Por consiguiente, ser alumno de alguien supone haber recibido de esa persona una enseñanza marcial en calidad de discípulo, y no simplemente haber practicado, trabajado, dirigido una institución o participado conjuntamente en actividades.
La propia Nippon Budokan establece en la Budō Charter for Young People que durante el keiko el practicante sigue las enseñanzas de sus maestros y procura aprender correctamente las técnicas fundamentales (Nippon Budokan, s. f.). Esta formulación resulta importante porque relaciona expresamente al maestro con una función concreta: enseñar, y al estudiante con otra: aprender de esa enseñanza.
b) La edad no crea por sí misma una relación maestro-alumno
Una primera distinción debe hacerse respecto de la edad.
El hecho que un practicante sea considerablemente mayor que otro merece el respeto que culturalmente corresponda, pero la diferencia de edad, considerada aisladamente, no constituye prueba de una relación maestro-alumno. Una persona puede ser mayor que otra y ambas pueden ser colegas, dirigentes, compañeros de práctica o colaboradores institucionales. En consecuencia: mayor edad ≠ maestro.
Pues la edad puede aportar experiencia vital y puede coincidir con una mayor trayectoria marcial, pero ninguna de esas circunstancias demuestra, por sí sola, que el practicante más joven haya sido alumno del mayor.
c) El grado y el año de la graduación tampoco determina automáticamente la relación
Supongamos que dos practicantes comienzan a trabajar juntos cuando uno ya posee el grado de 3.er Dan y el otro ostenta un grado superior. Obvia e indiscutiblemente existe una diferencia jerárquica de graduación. El practicante de mayor grado merece el reconocimiento correspondiente a su rango y trayectoria, pero de ello no se desprende necesariamente:
El 3.er dan es alumno del practicante de mayor grado. Esta conclusión requeriría elementos adicionales. Veamos:
Un practicante que ya ha alcanzado el 3.er dan normalmente posee una trayectoria marcial previa, HA RECIBIDO FORMACIÓN, ha tenido uno o varios instructores y ha atravesado procesos de evaluación y graduación anteriores al encuentro con el otro practicante.
Por consiguiente, si ambos se encuentran cuando uno ya era 3.er dan, la pregunta histórica correcta sería: ¿Qué relación marcial establecieron a partir de ese momento? ¿Pudieron establecer una relación maestro-alumno?
Se debe atender que también pudieron establecer una relación entre practicantes experimentados, una relación senpai-kōhai, una colaboración técnica, una relación entre dirigentes o simplemente una asociación institucional. A todas luces, estas expresiones y/o conceptos No son equivalentes.
d) Sensei, senpai y compañero no significan lo mismo
La tradición marcial japonesa distingue diferentes posiciones dentro de las relaciones interpersonales del dōjō. A saber. El sensei ejerce una función docente. El senpai representa al practicante de mayor antigüedad dentro de determinada estructura o relación. El kōhai ocupa una posición posterior respecto del senpai. Y dos practicantes también pueden relacionarse como compañeros o colaboradores.
La literatura especializada sobre la etiqueta del dōjō reconoce precisamente que existen relaciones diferentes entre maestros y estudiantes y entre estudiantes de distinta antigüedad (Lowry, 2006).
Esto conduce a una distinción esencial: ser senior de una persona no significa necesariamente ser su maestro. Pues, una persona puede orientar ocasionalmente a otra, corregir una técnica, compartir conocimientos o ayudarla a perfeccionarse sin que por ello se transforme toda la relación histórica entre ambas en una relación maestro-discípulo.
e) Compartir conocimientos tampoco basta
En las artes marciales japonesas es normal que los practicantes intercambien conocimientos. Por ejemplo, un karateka puede corregir a otro. Un practicante experimentado puede enseñar un kata. Un compañero puede explicar un bunkai. Un instructor de una organización puede dirigir ocasionalmente una práctica en la cual participan otros cinturones negros. Incluso dos maestros pueden aprender recíprocamente.
Lo que significa entones que la transmisión ocasional de conocimientos constituye evidencia de que existió enseñanza concreta, pero no necesariamente demuestra que existiera una relación permanente de maestro-alumno. Si fuere así llegaríamos a una consecuencia poco razonable, es decir: cada persona de quien alguna vez aprendimos una técnica tendría que ser considerada nuestro maestro formal. Si se asume esa postura, cada persona de la que se recibe un seminario, un taller, una capacitación, un congreso, fuere nuestro maestro. Lo mismo pasaría si se asume las correcciones que alguna vez hicieron los abuelos, tios, padrinos, etc., a sus parientes, y ellos nunca fueron y será nuestros padres ni se consideraran como tales. Ojo, el budō es más complejo que eso.
f) Trabajar durante muchos años tampoco transforma automáticamente la relación
Para abrir este acápite es importante recordar que el tiempo compartido merece una consideración especial. Iniciamos indicando que, dos practicantes pueden permanecer diez, veinte o treinta años dentro de una misma organización. Pueden entrenar juntos, viajar, organizar campeonatos, impartir seminarios, participar en exámenes, dirigir instituciones e incluso desarrollar conjuntamente una escuela, pero existe una condición previa, los dos son alumnos del mismo maestro…Ese punto lo analizaremos en otro espacio…
Continuamos con el tema, la duración de la relación que estamos explicando en este aparado demuestra la permanencia de la relación, pero no determina por sí misma su naturaleza. Dicho de otra manera: el tiempo prueba cuánto duró una relación; no necesariamente qué clase de relación fue. Para determinar esto último debe examinarse cómo comenzó esa relación, qué funciones asumió cada persona y cómo ambos reconocieron esa relación mientras estuvo vigente.
g) La finalidad institucional resulta particularmente relevante.
Para este aspecto, es importante destacar que este supuesto adquiere todavía mayor claridad cuando dos practicantes se reúnen expresamente para trabajar por el desarrollo de una institución…
Es decir, si al momento de encontrarse ambos eran practicantes experimentados y decidieron integrarse para desarrollar una asociación, federación, escuela, organización o proyecto marcial, la naturaleza originaria de esa relación constituye un dato histórico fundamental…
Si uno se incorporó expresamente para aprender bajo la dirección técnica del otro, entonces sí existirían elementos compatibles con una relación maestro-alumno. Pero si ambos se integraron como dirigentes, profesores, técnicos, fundadores o colaboradores para desarrollar conjuntamente una institución, NO resulta metodológicamente correcto transformar posteriormente esa colaboración institucional en una relación maestro-alumno sin evidencias adicionales que lo sustenten. NO se puede confundir una cosa con la otra.
Lo honesto es que la historia debe reconstruirse conforme a los hechos existentes durante el período estudiado y no únicamente mediante interpretaciones posteriores.
h) ¿Qué elementos permitirían afirmar que realmente existió una relación maestra-alumno?
Para sostener seriamente que un practicante fue alumno de otro deberían poder identificarse varios elementos concurrentes, entre ellos:
1. Existencia de enseñanza sistemática. El supuesto maestro impartía regularmente conocimientos técnicos, filosóficos o metodológicos al supuesto alumno.
2. Aceptación de la enseñanza. El practicante recibía esa formación precisamente en condición de estudiante o discípulo.
3. Reconocimiento de roles. Durante la relación existía alguna forma verificable de reconocimiento del vínculo maestro–alumno.
4. Continuidad. No se trataba únicamente de correcciones, seminarios o intercambios ocasionales.
5. Contexto técnico. La relación estaba orientada fundamentalmente a la transmisión del arte y no solamente a funciones administrativas o institucionales.
6. Evidencias históricas. Fotografías contextualizadas, diplomas, registros de dōjō, documentos institucionales, programas de seminarios, certificaciones, correspondencia, testimonios concordantes u otras fuentes pueden contribuir a determinar cómo se reconocía realmente la relación.
Ojo, ninguno de estos elementos tiene necesariamente que existir aisladamente como requisito absoluto; lo importante es valorar conjuntamente las evidencias.
i) El respeto no exige alterar la historia
Esta reflexión tampoco debe interpretarse como una disminución del respeto debido a los practicantes de mayor edad, antigüedad o grado. Precisamente el budō concede una importancia central al respeto, la etiqueta, la formación moral y la consideración hacia los demás.
La Budō Charter destaca expresamente la cortesía, las enseñanzas de los maestros y el perfeccionamiento de la persona mediante la práctica (Nippon Budokan, s. f.).
Siendo así, reconocer la trayectoria de una persona y reconocerla como maestro propio son afirmaciones diferentes.
Se puede afirmar legítimamente lo siguiente:
Es un maestro de gran trayectoria, es mi superior en grado, es un practicante más antiguo, trabajamos juntos durante muchos años, aprendí determinadas técnicas de él, compartimos la dirección y desarrollo de una organización.
Todas estas expresiones pueden ser ciertas sin que necesariamente sea cierta otra afirmación distinta: ¿Yo fui su alumno?...
j) Cuando la relación termina
La terminación posterior de la colaboración tampoco debería modificar retrospectivamente su naturaleza. Si fueron maestro y alumno durante veinte o más años, una separación posterior no elimina esa realidad histórica. Pero funciona también en sentido contrario: si durante veinte o treinta años fueron compañeros, dirigentes o colaboradores, la separación posterior no convierte retrospectivamente a uno en maestro del otro.
Este significa que la historia marcial debe ser coherente, tanto durante la amistad como después de la separación. Por ello, cuando surgen controversias sobre linajes o relaciones personales, la pregunta no debería ser quién tiene actualmente mayor reconocimiento, quién posee mayor edad o quién alcanzó posteriormente un grado superior. La pregunta históricamente relevante seria:
¿Qué relación existía realmente entre esas personas durante el período en que compartieron?
Es decir, si un practicante ya ostentaba el 3er dan cuando comenzó a relacionarse con otro practicante de mayor edad, experiencia o graduación, y ambos se reunieron principalmente para trabajar por el desarrollo de una institución, esos hechos, considerados aisladamente, NO son suficientes para concluir que el primero se convirtió en alumno del segundo.
Tampoco sería correcto afirmar automáticamente lo contrario. Ya que para determinarlo habría que demostrar que, además de la colaboración institucional, nació entre ellos una verdadera relación continuada de enseñanza-aprendizaje y que dicha relación fue reconocida como tal. Por tanto, desde una perspectiva histórica y conceptual rigurosa:
La edad genera respeto; la antigüedad genera precedencia; el grado establece una determinada jerarquía técnica; la función institucional atribuye responsabilidades; pero ninguna de estas circunstancias, por sí sola, crea una relación maestro-alumno. Esta nace fundamentalmente de una relación real, continuada y reconocible de enseñanza y aprendizaje, donde la misma iniciara desde la transmisión de los fundamentos de los que trate y para el caso del presente análisis, la relación estuvo antecedida de la existencia de un maestro común y un sempai que representaba el maestro común…
Reflexión final
En las artes marciales tradicionales debemos ser particularmente cuidadosos cuando hablamos de nuestros maestros. Llamar maestro a quien realmente nos enseñó constituye un acto de gratitud y justicia. Reconocer a nuestros mayores y superiores constituye una manifestación del verdadero Do, del respeto inherente al budō. Reconocer a nuestros compañeros y colaboradores también constituye un acto de honestidad.
Pero confundir esas categorías puede producir una reconstrucción histórica incorrecta.
Dos practicantes pueden caminar juntos durante décadas sin que uno sea necesariamente discípulo del otro. Pueden aprender mutuamente, respetarse, desarrollar instituciones, intercambiar técnicas y contribuir conjuntamente al crecimiento de un arte.
La verdadera tradición marcial no necesita engrandecer una trayectoria disminuyendo la de otra persona.
Por ello, ni la edad, ni el grado superior, ni muchos años de convivencia, ni haber ocupado una posición institucional de mayor jerarquía constituyen, aisladamente, prueba suficiente para atribuir la condición de maestro sobre otro practicante. Por el contrario, cuidado, pues ello puede ser señales de iniciar la salida del rumbo, del Do…
Esta forma de analizar la historia protege algo especialmente importante dentro del budō: el respeto a la verdad de cada trayectoria marcial.
Referencias
Lowry, D. (2006). In the dojo: A guide to the rituals and etiquette of the Japanese martial arts. Weatherhill.
Nippon Budokan. (2009). Budō: The martial ways of Japan (A. Bennett, Ed. & Trans.). Nippon Budokan Foundation.
Nippon Budokan. (s. f.). The Budō Charter for Young People. Nippon Budokan.
La fuente institucional principal es la Nippon Budokan, y la propia institución identifica Budō: The Martial Ways of Japan como una obra colectiva en cuya elaboración participaron las federaciones representativas de jūdō, kendō, kyūdō, sumō, karate-dō, aikidō, Shorinji Kempo, naginata y jūkendō. SITENAME

No hay comentarios.:
Publicar un comentario